DERECHO INMOBILIARIO
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ARRENDAMIENTOS RÚSTICOS Y URBANOS
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CONTRATACIÓN MERCANTIL Y CIVIL
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Comenzar un Negocio en Canarias
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Derecho fiscal para no residentes
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Obtención Residencia «Golden Visa»
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Otras gestiones No Residentes
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Derecho Inmobiliario

DERECHO INMOBILIARIO

Asesoramiento jurídico, redacción y negociación de todo tipo de contratos como contratos de compra-venta de inmuebles, terrenos, asesoría sobre compra-venta de inmuebles; Contratos de obra y promoción; preparación de todo tipo de poderes en español, alemán e inglés.

Asesoramiento en inversiones inmobiliarias, compraventas de inmuebles

Gesche lleva décadas asesorando a clientes extranjeros en la compraventa de todo tipo de  inmuebles no solo en las Islas Canarias sino también en el resto del territorio español. En estos casos el cliente suele encomendar al despacho toda la gestión de la compraventa del inmueble, por lo que el despacho se hace cargo de todas las gestiones necesarias. Por ejemplo, en el caso de la venta de un inmueble, el letrado Ricardo Gesche suele recibir un poder notarial para llevar a cabo todas las gestiones de la venta, encargándose por ello personalmente de todo el trámite que incluye por lo general los siguientes pasos:

  • Contacto con agencias inmobiliarias de confianza para promover la venta del inmueble
  • Tasación del inmueble si es necesario
  • Cálculo previo de todos los impuestos que deberá pagar el vendedor
  • La negociación en nombre del cliente para lograr las mejores condiciones en la venta
  • La preparación de un precontrato o de un contrato de compraventa, preparación de la escritura notarial, de la cancelación de hipoteca o de otras deudas posibles,
  • La firma como apoderado de los contratos o escrituras de venta, las gestiones para el cobro del precio
  • Declaración de los impuestos y pago de los mismos en nombre del cliente,
  • Cambio de todos los contratos de suministros del inmueble, gestiones ante el ayuntamiento, apertura y cierre de cuentas bancarias

El despacho por lo tanto se ocupa de todos los trámites necesarios para la venta, prestando un servicio que permite al cliente desentenderse del asunto y simplemente esperar a recibir el dinero en su cuenta bancaria en su país de residencia.

Derecho Sucesorio

DERECHO SUCESORIO

Herencias, testamentos, aceptaciones de herencias, declaraciones del impuesto de sucesiones y donaciones, inscripciones registrales y en general toda materia relativa al Derecho Sucesorio con especial dedicación al derecho sucesorio internacional.

El despacho se ocupa de todo el trámite de la herencia, de manera que el cliente no tiene que preocuparse de nada, ya que es asesorado desde un principio en todos los aspectos legales y fiscales de la herencia, calculando con antelación el importe del impuesto de sucesiones que deberá pagar el heredero, de manera que este sepa siempre lo que tiene que pagar.

Otro servicio que prestamos al cliente una vez finalizado el trámite de la herencia, que puede parecer poco importante pero que no lo es, es llevar a cabo todas las gestiones necesarias tras la aceptación de herencia, como son los cambios en los contratos de suministro (agua, electricidad, teléfono e internet) de la vivienda/local heredado, cambios ante el catastro y ayuntamiento, compañías aseguradoras, comunidades de propietarios, entidades bancarias, etc., domiciliando los pagos en la cuenta del cliente, por lo que en definitiva el cliente no tiene que preocuparse de nada y recibe un servicio “llave en mano”. Este servicio es esencial para el cliente que no domina el español ya que le evita tener que enfrentarse a la conocida burocracia española.

Arrend. Rústicos y Urbanos

ARRENDAMIENTOS RÚSTICOS Y URBANOS

Preparación de contratos de arrendamiento, reclamación de cantidad de alquileres impagados, reclamaciones en contratos de renta antigua, actualizaciones y revisiones de renta.

El asesoramiento jurídico en materia de arrendamientos es esencial, hemos visto muchos casos de contrato de arrendamiento mal preparados que acarrean consecuencias desastrosas para el cliente, como por ejemplo el contrato de arrendamiento de un local comercial que no incluye una cláusula a favor del arrendatario para poder resolver el contrato de forma anticipada, muy necesaria por ejemplo si el negocio instalado no funciona o, el contrato de arrendamiento de vivienda que obliga al arrendatario a abonar una serie de gastos indeseados, que por no haber efectuado una revisión del contrato por parte de un abogado, el arrendatario desconoce su existencia y que una vez firmado, no hay opción de no cumplir.

Propiedad Horizontal

PROPIEDAD HORIZONTAL

Asesoramiento a comunidades de propietarios y asistencia a juntas, constitución de nuevas comunidades, representación en junta de propietarios, reclamación a vecinos morosos extrajudicial o judicial, reclamación al promotor/constructor de los defectos de la finca, incluidos vicios ocultos.

Derecho Societario

DERECHO SOCIETARIO

Constitución de sociedades, modificaciones estatutarias, secretaría de consejos, reestructuraciones societarias, liquidación y disolución de sociedades, acciones de responsabilidad contra administradores.

Contratación Mercantil y Civil

CONTRATACIÓN MERCANTIL Y CIVIL

Derecho de consumidores, garantías reales, Derecho Hipotecario y prenda, protección de datos personales.

Penal

PENAL

Delitos económicos contra la hacienda pública, delitos societarios, delitos patrimoniales; estafas y apropiación indebida.

Derecho de Familia

DERECHO DE FAMILIA

Divorcios y todos los trámites relacionados, divorcios, nulidad, liquidación sociedad de gananciales, adopciones, nombramientos de tutores, filiación, incapacitación, etc.

Procedimientos Judiciales

PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Daños y Perjuicios, Reclamaciones dinerarias y de derechos, Reclamaciones por vicios en la construcción, Accidentes de Tráfico y responsabilidad civil, Comunidades de propietarios, Ejecución de sentencias extranjeras en España

Aplicación de la doctrina “rebus sic stantibus” para la renegociación de contratos y, en su caso reclamación judicial para el cambio de cláusulas o la resolución del contrato.

Derecho Administrativo

DERECHO ADMINISTRATIVO

Expedientes por obras ilegales, trámites administrativos de todo tipo ante ayuntamientos, Agencia Tributaria y resto de administración pública.

Comenzar un negocio en Canarias

COMENZAR UN NEGOCIO EN CANARIAS

El despacho le asesorará en todos los pasos y trámites para crear una empresa y poder desarrollar la actividad comercial y empresarial que desee. Las Islas Canarias gozan de algunas interesantes ventajas de tipo fiscal respecto del resto de España y Europa como son la zona ZEC (Zona Especial Canaria) o la RIC (Reserva para Inversiones en Canarias). Gesche goza de una larga experiencia en esta materia y cuenta con la colaboración de expertos asesores en materia fiscal.

Insolvencia Personal

INSOLVENCIA PERSONAL

En España desde 2015 contamos con una Ley de segunda oportunidad. Esta ley se introdujo en nuestro ordenamiento jurídico mediante el Real Decreto-Ley 1/2015. El objetivo de esta ley es permitir a los particulares recomponer sus deudas o que le sean perdonadas parcialmente si son incapaces de pagar a sus acreedores, de esta manera se les permite “volver a empezar”.

La ventaja de esta norma es que permite una satisfacción parcial a los acreedores en situaciones las que de otro modo no cobrarían sus créditos. A la vez, el obligado al pago escapa de la espiral de deuda y evitar una ruina que dure toda su vida, ya que los intereses de los créditos nunca dejan de incrementarse. En definitiva el cliente puede tener la opción de poder pagar sus deudas tras llegar a un acuerdo con sus acreedores y estos, gracias a la reestructuración de la deuda podrán cobrar parcial o tardíamente sus créditos lo que siempre será mejor que no cobrar nada.

En el ordenamiento jurídico español rige el principio de responsabilidad patrimonial universal por lo que cuando asumimos una deuda respondemos de ella con todo nuestro patrimonio, presente y futuro. Cierto es que hay determinados bienes que son inembargables, como por ejemplo la pensión de jubilación hasta una cierta cantidad o los bienes que se destinen al trabajo.

El despacho ofrece al cliente el asesoramiento en esta materia, negociando con los acreedores el mejor acuerdo posible que permita reestructurar la deuda y tener así, una segunda oportunidad.

Modificación de contratos “Cláusula rebus

Nuestra jurisprudencia permite la modificación provisional o definitiva de los contratos, en aquellas situaciones en las que debido a un riesgo no previsto por ninguna de las partes y, cuya causa no sea imputable a ninguna de ellas, se ha roto el equilibrio de las prestaciones entre las partes contratantes. El ejemplo más claro de esta situación imprevisible, que ha reducido drásticamente la actividad económica de todo el país, es la pandemia por el Covid-19. Ejemplo de ello son los miles de locales comerciales que se han visto obligados a cerrar sus puertas dejando de tener ingresos. En este tipo de casos, será viable plantear la modificación del contrato para buscar un nuevo equilibrio de las prestaciones. El despacho ofrece asesoramiento y sus servicios para:

  • Negociar, estudiar y preparar unas condiciones contractuales que sean más ventajosas para el cliente, intentando lograr un acuerdo por vía extrajudicial.
  • Proceder por la vía judicial, si no se llega a un acuerdo extrajudicial.

Derecho fiscal para No Residentes

DERECHO FISCAL PARA NO RESIDENTES

Todos los ciudadanos no residentes en España que tengan propiedades a su nombre en España, están obligados a pagar una serie de impuestos en España. Es generalizada la creencia entre muchos ciudadanos no residentes propietarios de inmuebles, que el único impuesto que han de pagar en España es el de Bienes Inmuebles (IBI) junto a la tasa de basuras al ayuntamiento correspondiente, esto es erróneo, el ciudadano no residente fiscal está obligado a abonar una serie de impuestos al estado español y que son los que más adelante se relacionan. Gesche ofrece este servicio a sus clientes, por lo que todos los años nos hacemos cargo de la preparación y elaboración de sus impuestos. De esta manera el cliente se desentiende de esta preocupación ya que es el despacho Gesche el que se encarga de todo el trámite.

LISTADO DE IMPUESTOS QUE DEBERÁN ABONAR LOS CIUDADANOS NO RESIDENTES EN ESPAÑA QUE SEAN PROPIETARIOS DE BIENES INMUEBLES Y MUEBLES EN LAS ISLAS CANARIAS

1. CONTRIBUCION URBANA (IBI): Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que se fija para cada propiedad en cada municipio. Debe ser pagado dos veces al año, en primavera y otoño en el año en curso y esto puede ser pagada directamente al Ayuntamiento en cuestión, o se puede hacer mediante domiciliación bancaria. Al comprar, es importante hacer el cambio en el Catastro mediante el Mod. 901. También hay que tener en cuenta que la propiedad debe pagar dos veces al año una tasa por recogida de Basura. Esto también se puede realizar mediante domiciliación bancaria, o mediante el pago directo al Ayuntamiento. Si hay un vehículo, el impuesto de matriculación se ha de pagar anualmente al Ayuntamiento de igual forma que los anteriores.

2. IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO: Este impuesto se paga si el valor del patrimonio es de 700.000.- € .Este impuesto es del 0,2% del valor indicado en la escritura o el valor catastral, si éste es mayor que el valor de la compra. Si después de la compra, las autoridades fiscales han hecho una comprobación de valores, siempre se aplica el más alto de los tres valores.

Si usted tiene cuentas de depósito, o tienen otros activos importantes, esto debe ser reportado como un activo. Para esto usted debe pedir a su banco, cada primavera, un estado de cuenta bancario correspondiente al año fiscal anterior.

3. IMPUESTO SOBRE USO PROPIO: (Declaración de Impuestos 210): Este impuesto es 24%  (19% para ciudadanos de la EU) del 2% del valor catastral del inmueble. Este impuesto debe ser pagado por los propietarios, que no tengan su propiedad en alquiler turístico (privado). Si usted alquila su propiedad, pagará en impuestos el 19 % de la renta obtenida, pero tenga en cuenta que de momento no está permitido hasta que la ley no lo regule.

Hay que tener en cuenta, que si no pagan este impuesto, a la hora de vender, la Agencia Tributaria exigirá este pago con su posible multa e intereses.

4. IGIC CANARIO: Con ingresos de alquiler también debe pagar el 7% IGIC al Gobierno de Canarias. Modelo 420.-

5. RESIDENCIA: Al solicitar la Residencia en España significa que usted se ha trasladado su residencia principal a España. Debe por lo tanto darse de baja en su país de origen. Así que a partir de este momento Vd. deberá pagar el impuesto sobre su renta mundial total en España. Usted debe notificar inmediatamente a su banco del hecho de haber solicitado la Residencia, de lo contrario tal vez su cuenta española puede ser bloqueada por tiempo indefinido.

Los impuestos se pagan siempre en el año siguiente antes de finales de junio o posiblemente antes de fin de año, esto dependerá de que impuesto se trate. Le ofreceremos información y asesoramiento personalizado.

Cada No Residente en España requiere un representante fiscal, artículo 46.1 de la Ley Tributaria Española.

Obtención Residencia "Golden Visa"

OBTENCIÓN DE RESIDENCIA EN ESPAÑA PARA EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS «GOLDEN VISA»

La Ley 14/2013, de 27 de septiembre dice: “Los extranjeros no residentes que se propongan entrar en territorio español con el fin de realizar una inversión significativa de capital podrán solicitar el visado de estancia, o en su caso, de residencia para inversores”

Condiciones para solicitar la “Golden Visa”

  • Inversión en deuda pública por valor igual o superior a dos millones de euros (2.000.000€).
  • Inversión en depósitos bancarios en entidades españolas o acciones de empresas españolas por un valor igual o superior a un millón de euros (1.000.000€).
  • Compra de bienes inmuebles en España cuya inversión sea superior a 500.000€.
  • Llevar a cabo proyectos empresariales en España. Deben ser considerados y acreditados de interés general .

Ventajas de obtener la residencia en España:

  • Entrar en España sin visado de residencia
  • Residir y trabajar en España
  • Circular por la UE – zona Shengen sin visado
  • Poder traer a su familia a España
  • Acceder a la residencia permanente ( después de 5 años y de conformidad con la legislación vigente )
  • Acceder a la NACIONALIDAD española ( después de 6 años y de conformidad con la legislación vigente)
  • El despacho  Gesche tiene experiencia en este trámite y le podrá asesora y ayudar a obtener su permiso de residencia en España. El asesoramiento incluirá todos los aspectos, desde el estudio de la inversión óptima a realizar, pasando por otras gestiones como la apertura de una cuenta bancaria,  hasta el propio trámite de obtención del permiso de residencia.

Otras gestiones No Residentes

OTRAS GESTIONES PARA LOS NO RESIDENTES

Obtención de NIE y CIF de personas físicas y empresas no residentes en España
Cálculo precio y confección de ganancias patrimoniales, derivadas de trasmisión de bienes inmuebles, y las operaciones colaterales de impuesto de trasmisiones y plusvalías del ayuntamiento.

Confección y cálculo del impuesto sobre herencias.

Asesoramiento en la búsqueda de ofertas inmobiliarias-gestiones con fondos de inversión-negociaciones
Dado la dilatada experiencia, el elevado número de contactos y relaciones con las que cuenta el despacho después de casi cinco décadas de servicios profesionales, se ofrece al cliente la posibilidad de asesorarle en la búsqueda de la inversión óptima que mejor se ajuste a sus intereses, contactando y negociando en nombre del cliente con los propietarios vendedores las mejores condiciones de compra posibles, a su vez, si es necesario, el despacho buscará, asesorará y gestionará en nombre del cliente la mejor oferta de financiación.

ASESORAMIENTO INTEGRAL

Gesche Abogados ofrece asesoramiento tanto a empresas como a particulares.
Especializados en asesoramiento fiscal, laboral, expertos en urbanismo, auditoría y contabilidad.

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